Economía,Noticias,Noticias Destacadas,Seguridad 4 de cada 10 negocios en la capital operan de manera irregular

4 de cada 10 negocios en la capital operan de manera irregular




En el municipio de Querétaro, alrededor del 39% de las unidades económicas no se encuentran dentro del Empadronamiento Municipal de Funcionamiento, lo que significa que operan sin contar con una licencia. Así lo informó el secretario de Desarrollo Económico, Alejandro Sterling.

Según el INEGI, con corte al mes de diciembre, la capital queretana cuenta con 54 mil 327 negocios. Sin embargo, señaló el funcionario, solamente 33 mil forman parte del empadronamiento, y de esos, 26 mil 700 cuentan con licencia vigente.

En ese sentido, explicó que los 6 mil 300 que no han renovado su licencia, mantienen su registro en el padrón hasta por dos años. En caso de que ya no actualicen su permiso, se les retirará del empadronamiento y serán sujetas a sanciones en caso de que sean detectadas en operación.

Por su parte, el presidente municipal Felipe Fernando Macías llamó los comerciantes a formalizar sus actividades y a los ciudadanos a denunciar aquellos comercios que operen sin licencia, cuya falta, dijo, amerita sanciones económicas de hasta mil 500 pesos.

Añadió que en los primeros dos meses de su administración, se recibieron alrededor de 800 denuncias sobre establecimientos sin permisos de funcionamiento.

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El cargo de Fiscal General del Estado no podrá ser reelecto, su cargo será irrenunciable, salvo causa grave que amerite y solamente podrá ser removido por la Legislatura, explicó el diputado por Morena, Arturo Maximiliano García, al presentar la iniciativa de ley que adiciona y reforma diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Querétaro.

Explicó que derivado de la renuncia anticipada por el periodo por el cual fue designado el anterior Fiscal General del Estado es notorio los vacíos legales que derivaron a interpretaciones ambiguas que generaron incertidumbre jurídica el pasado 19 de agosto de 2024.

Y por ello, resulta necesario legislar para establecer los mecanismos en caso de renuncia anticipada y/o ausencia de la autoridad, con la finalidad de garantizar la continuidad y estabilidad de la institución, garantizando así certidumbre jurídica e institucional en este importante organismo constitucional autónomo del Estado.

La iniciativa de ley propuesta reforma el párrafo quinto y sexto del artículo 30 bis, el párrafo primero del artículo 30 ter; se adiciona el párrafo noveno del artículo 30 bis y el párrafo cuarto del artículo 30 ter establece que el Fiscal General del Estado y el titular de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, durarán en su encargo nueve años, no podrán ser reelectos, el cargo será irrenunciable, salvo causa grave que amerite; y solamente podrán ser removidos por la Legislatura por las causas que expresamente establezca el Título Cuarto de la Constitución local o por falta establecida en las leyes que regulen las responsabilidades de los servidores públicos y sancionada por el Pleno. Asimismo, serán removidos mediante la misma votación requerida para su nombramiento.

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